Dicha ley está conformada por 23 artículos, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales, siendo su objetivo:
...promover, proteger y apoyar la lactancia materna, como el medio ideal para la adecuada alimentación de los niños y niñas, a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral (Art.1).
En resumen, esta ley profundiza en lo siguiente:
- La lactancia como un derecho de las niñas y niños.
- El derecho a información sobre lactancia materna.
- La participación y corresponsabilidad social en la promoción, protección y apoyo a la lactancia.
- La descripción de algunas definiciones relacionadas con la lactancia, como: alimentación complementaria, lactancia exclusiva, lactancia optima, lactancia entera, entre otros.
- La política de promoción de la lactancia, en general y en centros de salud.
- Las condiciones que se deben garantizar en los centros de salud para la práctica de la lactancia materna.
- Las características y contenidos que se deben diseñar como parte de los materiales sobre lactancia materna y alimentación complementaria.
- Los contenidos prohibidos publicar como parte de los materiales sobre lactancia materna y alimentación.
- La definición de medidas especiales de promoción, como la re -lactación.
- Las condiciones y prohibiciones para los etiquetados de alimentos destinados a niños y niñas, así como el etiquetado de fórmulas lácteas adaptadas, alimentos complementarios y leches modificadas.
- Los requisitos que deben contener los envases y etiquetas de chupones y similares.
- La prohibición de promoción y publicidad de fórmulas lácteas, biberones y chupones.
- Las prácticas promocionales y de publicidad prohibidas.
- Las prohibiciones para fabricantes y distribuidores.
- Las prohibiciones en situaciones de emergencia y desastres.
- Las sanciones a los centros de salud públicos y privados y personas que incumplan con la ley.
Proyecto de reforma parcial:
El pasado 15 de abril de 2021, la Asamblea Nacional de
Venezuela, aprobó en primera discusión el proyecto de reforma de la Ley de
Promoción y Protección de la Lactancia Materna, de manera que durante los
próximos días iniciará una consulta nacional para recoger las propuestas por
parte de todas las ciudadanas y ciudadanos, en especial las del sector mujer.
En este sentido, la metodología de esta consulta estará a
cargo de la Comisión Permanente de Familias, de Libertad de Religión y Cultos
de la AN, presidida por diputada Asia Villegas.
Esta propuesta de reforma contempla básicamente seis (6) artículos que en resumen, tienen que ver con la incorporación en la Ley de cinco (5) elementos:
- Modificación del nombre de la Ley: se le agrada el término acompañamiento, quedando como “Ley para la Promoción, Acompañamiento y Protección de la Lactancia Materna” (Art.1).
- Licencias: establece 24 meses de período de descanso para la lactancia, a partir del parto, previstas en la legislación del trabajo (Art.23).
- Condiciones para el disfrute de las licencias: entre las condiciones están, en primer lugar, el acuerdo con el patrono para que después del reposo post-parto, la trabajadora pueda disfrutar de los descansos diarios para lactancia, si ambos no llegan a un consenso, interviene la inspectoría de trabajo.
- Y en segundo lugar, para que la madre trabajadora pueda disfrutar de este descanso, debe presentar mensualmente al patrono una constancia de la asistencia oportuna a la consulta, del amamantamiento y, de ser el caso, de la condición de salud de la madre, su hijo o hija (Art.24).
- Acompañamiento de la lactancia materna: establece el derecho de embarazadas y lactantes de recibir apoyo y acompañamiento integral para garantizar la lactancia materna. En este sentido, el Estado desarrollará un programa de Promotoras de la Lactancia Materna dirigido por el Ministerio del Poder Popular para la Mujer e Igualdad de Género y Ministerio del Poder Popular para la Salud, quienes deberán formar, acreditar y registrar a las promotoras garantizando principalmente las condiciones en las Bases de Misiones para el desarrollo de dicho programa (Art.25).
- Acompañamiento socioeconómico de la lactancia materna: tiene que ver con la asignación de recursos a las madres que amamantan a través del Sistema Patria, cuyos requisitos serán establecidos por el Ejecutivo Nacional y el Ministerio del Poder Popular para la Mujer e Igualdad de Género.
Error:
El mismo día de la aprobación de este proyecto de reforma,
fue publicado en el portal web de la Asamblea Nacional, una nota de prensa que
señala que se extenderá a 15 meses el
período de licencia para las madres trabajadoras VER, dicha noticia fue
replicada por otros medios de comunicación, encendiendo las alarmas entre organizaciones
y colectivos que defendemos la práctica de la lactancia materna como derecho
humano y garantía de vida.
¿Por qué la alerta? Porque actualmente, gracias a la sentencia
N° 991 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, las madres trabajadoras
pueden gozar de las 2 horas de lactancia hasta los 24 meses de bebé, por lo que
decir que va a ver una reforma en la Ley que lo lleva a los 15 meses,
representaría un retroceso en el derecho laboral.
Afortunadamente, después de un largo debate por las redes
sociales y gracias a la alerta generada por las defensoras y defensores de la
teta, se aclaró que se trató de un "error" en el documento que ya fue
corregido, es decir, el documento de reforma fue corregido y ahora establece un
permiso para amamantar hasta los 24 meses de bebé.
Sin embargo, esto no quiere decir que todo está perfecto y que
ya hay que apagar las alarmas, sino que por el contrario, hay que estar atentas
y atentos al proceso de consulta pública y posteriormente, a la propuesta final
de reforma que será debatida y discutida por la AN.
Algunas consideraciones respecto a la reforma:
Entre las consideraciones y observaciones respecto al
proyecto de reforma, les comparto lo siguiente:
- Los intereses y derechos humanos deben estar por encima de todo, es decir, si la lactancia es un derecho de las niñas y niños y, si la madre trabajadora cuenta con una licencia para amamantar después del post-parto hasta los 24 meses del bebé, por qué dicho beneficio debe consensuarse con el patrono, si se trata de un derecho. El patrono no puede decidir sobre un derecho humano a beneficio de la productividad.
- Eliminar la entrega de constancias o prueba de lactancia mensual; no es necesaria, si se trata de un derecho laboral, por qué razón burocratizarlo. Las mujeres requerimos tiempo para la lactancia y la crianza de nuestras hijas e hijos, especialmente durante estas edades, la niña o niño, tome teta o no, es un lactante y como tal requiere de atención y tiempo.
- Eliminar la palabra "periodo de descanso" refiriéndose a la lactancia, sustituirla por "permiso". Amamantar no es descansar, es una labor agotadora, que además requiere del apoyo de miembros de la familia, la comunidad, los espacios laborales y el Estado en general.
- Incluir a las consejeras de la lactancia en todos los niveles de atención, especialmente el primario, como parte del programa de acompañamiento de la madre que amamanta. Promotora, no es igual que consejera.
- Extender los apoyos económicos otorgados a través del Sistema Patria hasta los 24 meses del bebé, ya que actualmente está hasta los 12 meses.
Razones para defender esta ley:
A lo mejor se preguntarán: ¿por qué tanto alboroto por una
Ley de Lactancia? ¿Por qué defenderla? ¿Por qué participar en esa consulta? ¿Por
qué un permiso para amamantar hasta los 24 meses debe ser Ley? Muchas son las
razones para defender esta ley y defender la Lactancia, a continuación te
comparto algunas:
- Promueve la lactancia como garantía de vida, salud y bienestar tanto para mamá como para bebé.
- Protege la Lactancia como un derecho tanto de bebé como de mamá, brindando a las madres trabajadoras la posibilidad de amamantar hasta los 24 meses del bebé. Además de, regular las prácticas promocionales y de publicidad.
- Acompaña y empodera a la madre que amamanta, a través del acceso a la información y orientación especializada.
En conclusión, amamantar hasta los 2 años o más es una decisión
que compete sólo y exclusivamente a la diada mamá-bebé, su realidad y
condiciones de vida pueden favorecer o no la lactancia. Sin embargo, en este
particular, el Estado debe garantizar las condiciones para que esto se logre y
de esa manera poder fomentar generaciones futuras más sanas y felices.
Artículo escrito por: Loisemily Prieto Salazar
1 Comentarios
Gracias por difundir información de calidad
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